Los conjuntos residenciales deben instalar rampas y otro tipo de estructuras arquitectónicas para garantizar desplazamiento de personas en condición de discapacidad.
Así lo ordenó la Corte Constitucional en un trascendental fallo al a tender la demanda de un ciudadano de Floridablanca, Santander, el cual denunció que el conjunto donde vive se negó a construirle una rampa para facilitarle el acceso con su silla de ruedas.
Según el fallo, es necesario que los conjuntos residenciales eliminen las barreras físicas para facilitar el desplazamiento de las personas con discapacidad, con el fin de acabar con la marginación y discriminación histórica que han sufrido en la sociedad este sector.
Me parece excelente la medida. Siempre me he visto afectada porque, aunque camino con una muleta, me cuesta trabajo desplazarme por unas escaleras angostas, empinadas y en algunos casos sin pasamanos. Ojala las constructoras cumplan, porque: «del dicho al hecho hay mucho trecho».
Gracias por aquellos que luchan por nuestros derechos; Dios los bendiga.
Con gusto Elsa Hurtado H.